La declaratoria del estado de emergencia económica no es solo una decisión del presidente. La Constitución exige que todos los ministros del gabinete respalden el decreto con su firma, un requisito que convierte la medida en una responsabilidad colectiva del Gobierno nacional.
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En el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual se declaró el estado de emergencia económica y social en todo el territorio nacional, aparece la firma completa del gabinete ministerial. Este detalle, que suele pasar desapercibido en el debate público, tiene implicaciones políticas, jurídicas y de control institucional.
Por qué deben firmar todos los ministros
El artículo 215 de la Constitución Política establece que los decretos que declaran estados de excepción deben llevar la firma del presidente y de todos los ministros del despacho. No se trata de un acto simbólico: la firma implica corresponsabilidad sobre las razones, el alcance y los efectos de la medida.
En la práctica, esto significa que cada ministro asume la defensa política y jurídica del estado de emergencia económica, así como de los decretos legislativos que se expidan durante su vigencia. La Corte Constitucional ha reiterado que la ausencia de una firma puede afectar la validez del decreto declaratorio.
Qué responsabilidad asumen al firmar
Firmar el decreto no convierte a los ministros en autores individuales de la emergencia, pero sí los hace responsables solidarios de la decisión. En caso de que la Corte Constitucional declare inexequible el decreto o alguno de sus desarrollos, el análisis no recae únicamente sobre el presidente, sino sobre todo el gabinete.
Además, la firma compromete a cada cartera con la ejecución de las medidas que se adopten dentro de su ámbito de competencia, especialmente en materia presupuestal, fiscal y administrativa.
Los ministros que firmaron el Decreto 1390
Según el texto oficial del Decreto 1390, el estado de emergencia económica fue firmado por el presidente de la República y por los siguientes ministros:
- Ministro del Interior: Armando Alberto Benedetti Villaneda.
- Ministra de Relaciones Exteriores: Rosa Yolanda Villavicencio Mapy.
- Ministro de Hacienda y Crédito Público: Germán Ávila Plazas.
- Ministro de Justicia y del Derecho (e): Roberto Andrés Darragá Franco.
- Ministro de Defensa Nacional: Pedro Arnulfo Sánchez Suárez.
- Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural: Martha Viviana Carvajalino Villegas.
- Ministro de Salud y Protección Social: Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez.
- Ministro de Trabajo: Antonio Eresmid Sanguino.
- Ministro de Minas y Energía: Edwin Palma Morales.
- Ministra de Comercio, Industria y Turismo: Diana Marcela Morales Rojas.
- Ministro de Educación Nacional: José Daniel Rojas Medellín.
- Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e): Irene Vélez.
- Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio: Helga María Rivas Ardila.
- Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: Yeimí Carina Murcia.
- Ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes: Yannai Kadamani Fonrodona.
- Ministra del Deporte: Patricia Duque.
- Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación: Ángela Yesenia Olaya Requene.
- Ministro de Igualdad y Equidad: Juan Carlos Florián Silva.
- Ministra de Transporte: María Fernanda Rojas Mantilla.
Una firma que también será examinada
La Corte Constitucional revisará no solo el contenido del decreto declaratorio del estado de emergencia económica, sino también el cumplimiento de sus requisitos formales. Entre ellos, la firma completa del gabinete, que actúa como garantía de control político y jurídico en el uso de las facultades extraordinarias del Ejecutivo.
Más allá de los nombres, el mensaje institucional es claro: la emergencia económica no es una decisión individual, sino una apuesta colectiva del Gobierno que deberá responder ante el Congreso, la Corte y la opinión pública.