Información exógena distrital en Bogotá: este 26 de octubre vence el plazo para obligados con dígito 9

Los obligados cuyo NIT termina en 9 tienen plazo hasta este 26 de octubre para presentar información exógena distrital en Bogotá.

Fecha de publicación:

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Este lunes 26 de octubre de 2026 vence el plazo para que los obligados a reportar información exógena distrital en Bogotá, cuyo número de identificación termina en 9, presenten el reporte ante la Dirección de Impuestos de Bogotá.

La fecha de este lunes es el último vencimiento del calendario fijado para la información correspondiente al año gravable 2025.

¿Quiénes deben presentar este reporte?

La información exógena distrital no es un trámite que deban hacer automáticamente todos los contribuyentes. Deben cumplirlo las personas naturales, jurídicas y demás entidades que estén obligadas bajo las condiciones establecidas por la Secretaría Distrital de Hacienda.

El reporte reúne datos sobre determinadas operaciones económicas que la administración tributaria requiere para sus labores de control. Entre los obligados pueden estar, según las condiciones definidas en la norma, entidades emisoras y adquirentes de tarjetas de crédito o débito que practicaron retención de ICA sobre ventas de bienes o servicios realizadas en Bogotá durante 2025.

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¿Qué fecha aplica según el último dígito?

El calendario comenzó el 13 de octubre y organizó los vencimientos de acuerdo con el último dígito del número de identificación. Para el 26 de octubre quedó asignado el dígito 9.

  • 13 de octubre: dígito 0.
  • Del 14 al 23 de octubre: dígitos 1 al 8, en su orden.
  • 26 de octubre: dígito 9.

Si su organización está obligada y su identificación termina en 9, conviene revisar y transmitir la información dentro de la jornada, con los archivos y requisitos técnicos que correspondan. También es importante conservar el soporte de la presentación.

No es el mismo reporte que se entrega a la DIAN

La información exógena se presenta también a nivel nacional ante la DIAN, pero el reporte distrital corresponde a Bogotá y debe suministrarse a la Dirección de Impuestos de Bogotá. Por eso, haber cumplido una obligación nacional no reemplaza automáticamente este deber local.

Antes de enviar el reporte, verifique que su entidad esté incluida entre los obligados y que la información corresponda al año gravable 2025.

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La Secretaría Distrital de Hacienda publicó el calendario y una explicación sobre los responsables del trámite en esta información oficial de Portal Bogotá.

Redacción Ciudadana
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