Las secretarías de Educación certificadas de departamentos, distritos y municipios tienen como límite este sábado 31 de octubre de 2026 para expedir el calendario académico de 2027 de los colegios oficiales que operan con calendario A. La regla establece que el acto debe estar definido antes del 1 de noviembre.
Para las familias, esto no significa que todos los estudiantes del país tendrán las mismas fechas de entrada a clase, vacaciones o receso. Cada secretaría debe fijar el calendario de los establecimientos educativos estatales de su jurisdicción, de acuerdo con las condiciones de su territorio.
¿Qué fechas debe incluir el calendario de 2027?
La programación que expida cada entidad debe señalar con precisión las fechas de inicio y finalización de las actividades académicas, el desarrollo institucional, los recesos de estudiantes y las vacaciones de docentes y directivos docentes.
Según la orientación divulgada por el Ministerio de Educación Nacional, el calendario debe contemplar 40 semanas de trabajo académico para estudiantes y 12 semanas de receso estudiantil, incluida la semana de receso escolar de octubre. Para docentes y directivos docentes, prevé 40 semanas de trabajo académico, cinco de desarrollo institucional y siete de vacaciones.
No hay un único calendario escolar nacional con fechas idénticas: padres, cuidadores y estudiantes deben consultar la resolución de la secretaría de Educación de su territorio o la información oficial de su colegio.
¿A cuáles colegios aplica?
El plazo anunciado se refiere a los establecimientos educativos oficiales con calendario A, que concentran la mayor parte de la educación pública del país. Las instituciones privadas pueden tener una organización distinta, especialmente si trabajan bajo calendario B, por lo que conviene confirmar directamente con cada plantel.
Para los establecimientos de calendario B, la norma fija otro plazo: el calendario debe expedirse antes del 1 de julio. La obligación anual de las entidades territoriales certificadas está prevista en el Decreto 1850 de 2002, incorporado en la regulación del sector educativo.
Qué pueden hacer las familias desde ahora
- Revisar el sitio web y las redes oficiales de la secretaría de Educación de su municipio, distrito o departamento.
- Consultar en el colegio la resolución o circular que adopte el calendario de 2027.
- Usar las fechas confirmadas para planear traslados, vacaciones familiares y el proceso de matrícula.
- Verificar con la institución los cronogramas propios de matrícula, entrega de documentos, uniformes y listas de útiles, pues estos pueden variar aunque el calendario académico sea territorial.
¿Puede cambiar el calendario después de ser expedido?
La programación puede requerir ajustes si ocurren situaciones excepcionales que afecten la prestación del servicio educativo, como emergencias climáticas, fenómenos naturales, problemas de orden público o desplazamientos forzados. En esos casos, las decisiones deben adoptarse por las autoridades competentes y comunicarse oficialmente a la comunidad educativa.
Hasta que la secretaría publique el acto administrativo correspondiente, no se deben asumir como definitivas las fechas que circulen en mensajes, redes sociales o grupos de padres.
