Las personas que soliciten o ya tengan un crédito de consumo u ordinario deben revisar la tasa pactada para octubre. La Superintendencia Financiera certificó que, entre el 1 y el 31 de octubre de 2026, el interés bancario corriente para esta modalidad es de 19,06% efectivo anual y la tasa de usura llega a 28,59% efectivo anual.
En términos prácticos, 28,59% efectivo anual es el tope informado por la autoridad financiera para los intereses remuneratorios o de mora en créditos de consumo y ordinario durante este mes. No significa que todos los bancos deban cobrar esa tasa ni que una oferta con una tasa inferior sea necesariamente la más conveniente: antes de aceptar un préstamo, también hay que revisar el plazo, la cuota, los seguros y los demás costos incluidos en el contrato.
¿Qué cambió en octubre?
La certificación de octubre redujo el interés bancario corriente para consumo y ordinario frente a septiembre: pasó de 19,49% a 19,06% efectivo anual, una disminución de 0,43 puntos porcentuales. Como consecuencia, la tasa de usura de esta modalidad quedó fijada en 28,59% efectivo anual para todo octubre.
La medida aplica del 1 al 31 de octubre de 2026. La Resolución 1472 de 2026 y el comunicado de la Superintendencia Financiera detallan los valores certificados para las distintas clases de crédito.
¿A quién afecta esta tasa?
El dato es relevante para quienes pidan préstamos personales, créditos de libre inversión, compras financiadas o productos que se clasifiquen como crédito de consumo y ordinario. También sirve como referencia para comparar una propuesta nueva, una refinanciación o una modificación de las condiciones de una obligación.
Sin embargo, el porcentaje no debe confundirse con la tasa que necesariamente verá cada cliente. Las entidades pueden ofrecer tasas distintas según el perfil de riesgo, el monto, el plazo, la garantía y las condiciones comerciales. Lo importante es que la tasa cobrada no supere el límite vigente para la modalidad correspondiente.
Qué revisar antes de firmar o aceptar un crédito
- Confirme si la tasa está expresada en efectivo anual, mes vencido u otra modalidad, para evitar comparaciones equivocadas.
- Pida el valor total de las cuotas y el plazo completo del crédito, no solo la tasa anunciada.
- Revise si el producto incluye seguros, cuotas de manejo u otros cobros que aumenten el costo final.
- Verifique en el contrato qué ocurre si hay mora y cuál es la tasa aplicable.
- Si considera que le cobran intereses por encima del máximo permitido, conserve extractos y contrato para presentar primero una reclamación ante la entidad y, si es necesario, acudir a los canales de atención de la Superintendencia Financiera.
Las tasas máximas cambian según el tipo de crédito
La tasa de 28,59% corresponde únicamente al crédito de consumo y ordinario. Para octubre, la Superintendencia reporta otros límites de usura: 66,66% para consumo de bajo monto; 41,25% para crédito productivo de mayor monto; 30,95% para crédito productivo rural; 57,39% para crédito productivo urbano; 65,45% para crédito popular productivo rural y 87,62% para crédito popular productivo urbano.
Los valores vigentes y el histórico de estas certificaciones pueden consultarse en la sección de interés bancario corriente de la Superintendencia Financiera. La entidad también publica en su portal para ciudadanos las tasas certificadas y los máximos de usura aplicables durante el mes.
Para una persona que está evaluando endeudarse, la conclusión es sencilla: octubre trae un tope menor para créditos de consumo, pero la decisión debe basarse en el costo total del préstamo y en la capacidad real de pagar las cuotas, no solo en el porcentaje de interés.
