Bogotá ofrece 60 % de descuento en intereses de multas de tránsito: quiénes pueden acceder

Bogotá habilitó un descuento del 60 % en intereses para ciertas multas de tránsito en mora antes del 30 de junio de 2024.

Fecha de publicación:

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Las personas que tengan pendientes por multas de tránsito en Bogotá podrán acceder a un descuento del 60 % en los intereses, siempre que la obligación haya entrado en mora antes del 30 de junio de 2024. La medida estará disponible hasta el 21 de diciembre de 2026.

El beneficio no reduce el valor principal de la deuda: se debe pagar el 100 % del capital y el 40 % de los intereses.

¿A quiénes les aplica el descuento?

Según la Secretaría Distrital de Movilidad, el alivio cobija obligaciones que estuvieran en mora antes de la fecha señalada. Incluye multas por infracciones a las normas de tránsito y transporte, declaratorias de abandono y acuerdos de pago suscritos que estén vigentes.

En la práctica, una persona con una multa pendiente debe revisar si su obligación cumple la condición de antigüedad de la mora y confirmar el valor a pagar antes de realizar el trámite.

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Qué deudas quedan por fuera

El descuento no aplica a sanciones impuestas por conducir en estado de embriaguez ni bajo los efectos de sustancias psicoactivas.

También es importante tener presente que la medida se refiere a los intereses de obligaciones en mora. Por eso, no significa que se elimine la multa ni que se pueda pagar solo una parte del capital.

Hasta cuándo se puede usar el beneficio

El plazo máximo para acceder al descuento es el 21 de diciembre de 2026. La recomendación para quienes tengan pendientes es no dejar la revisión para los últimos días, especialmente si necesitan verificar el estado de un acuerdo de pago o el detalle de una obligación.

Las personas interesadas deben consultar únicamente los canales oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad antes de pagar, para evitar errores o intermediarios no autorizados.

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Qué revisar antes de pagar

  • Que la obligación esté relacionada con una multa, declaratoria de abandono o acuerdo de pago incluido en la medida.
  • Que la mora se hubiera generado antes del 30 de junio de 2024.
  • Que la sanción no corresponda a conducir bajo efectos de alcohol o sustancias psicoactivas.
  • Que el valor liquidado contemple el pago total del capital y el descuento únicamente sobre los intereses.

La información y las condiciones anunciadas por el Distrito pueden consultarse en la publicación oficial de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Redacción Ciudadana
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