Las personas naturales que aún tengan pendiente la declaración de renta del año gravable 2025 deben revisar cuanto antes la fecha que les corresponde. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) fijó vencimientos entre el 1 y el 26 de octubre de 2026 para los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT van del 67 al 00. La fecha no es la misma para todos: depende de esos dos dígitos y no del dígito de verificación.
Para una persona común, el primer paso es confirmar dos cosas: si está obligada a declarar y cuál es su día límite. Esperar hasta el final puede dificultar la corrección de inconsistencias en la información tributaria o la preparación del formulario.
¿Quiénes deben declarar renta por 2025?
Según la DIAN, deben presentar declaración quienes, durante 2025, cumplieron al menos una de las condiciones establecidas: haber tenido ingresos brutos iguales o superiores a $69.719.000, patrimonio bruto superior a $224.096.000, o movimientos bancarios, compras, consumos o uso de tarjetas de crédito por encima de $69.719.000. También deben declarar quienes eran responsables de IVA al 31 de diciembre de 2025.
Esos valores corresponden a 1.400 y 4.500 UVT, respectivamente. Cumplir uno solo de los topes puede generar la obligación; por eso no basta con mirar únicamente el salario o los ingresos recibidos durante el año.
¿Hasta cuándo hay plazo en octubre?
El calendario de octubre comprende a quienes tienen los dos últimos dígitos del NIT entre 67 y 00. Las fechas arrancaron el 1 de octubre y terminan el 26 de octubre de 2026. Cada contribuyente debe consultar el día preciso que corresponde a su NIT en el Calendario Tributario 2026 de la DIAN.
La entidad también publicó que habrá un plazo especial entre el 27 y el 30 de octubre para contribuyentes con NIT terminado entre 01 y 08 que, al 10 de agosto de 2026, tenían domicilio fiscal en las jurisdicciones señaladas por la DIAN en el Eje Cafetero, Valle del Cauca, Cauca y Chocó. Esa extensión no aplica automáticamente a todas las personas con esos dígitos: depende del domicilio fiscal y de las seccionales expresamente incluidas.
Qué conviene verificar antes de presentar la declaración
- Su obligación: compare sus ingresos, patrimonio, compras, consumos y movimientos financieros de 2025 con los topes oficiales.
- Los dos últimos dígitos de su NIT: con ellos se determina el vencimiento, sin contar el dígito de verificación.
- La información reportada: revise los datos que aparecen en la información exógena y contraste certificados de ingresos, retenciones, bancos y otros soportes.
- El eventual pago: presentar la declaración y pagar son obligaciones distintas, aunque ambas deben atenderse dentro de las condiciones aplicables al contribuyente.
La DIAN mantiene en su calendario de obligaciones de octubre de 2026 las fechas vigentes para impuestos nacionales. Si el vencimiento ya pasó o está próximo, es recomendable buscar orientación tributaria antes de radicar información incompleta, pues la situación de cada persona puede variar según sus ingresos, patrimonio, retenciones y responsabilidades registradas.
